La Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999 (LOE) obliga a los promotores a contratar una Póliza de Seguro Decenal de Daños.
La obligatoriedad que establece la LOE (Artículo 17) así como sus posteriores modificaciones (Disposición adicional segunda) se resume en:
Las compañías de seguros piden que se realice un Control Técnico de las construcciones con el fin de garantizar la calidad de las viviendas y así poder evaluar adecuadamente el riesgo de cada proyecto para el seguro decenal. El Control Técnico para el Seguro Decenal se lleva a cabo durante la fase de proyecto, previo al inicio de las obras se revisa el proyecto de ejecución y el estudio geotécnico y durante las obras se revisa la ejecución de la cimentación, estructura y cubierta emitiendo los correspondientes informes.
La legislación establece que no es obligatoria la contratación del seguro decenal para viviendas unifamiliares en régimen de autopromoción que no se vayan a transmitir en el plazo de 10 años. Sin embargo, desde OCT Controlia recomendamos que se realice el Control Técnico para el seguro decenal de este tipo de promociones con dos objetivos:
a) Asegurar un control de calidad del proyecto y de la ejecución de las obras.
b) Facilitar y abaratar el coste de la contratación del seguro decenal en el caso de que el autopromotor decida vender la vivienda durante los 10 años posteriores a su construcción.
De acuerdo con la Ley de Ordenación de la Edificación 38/1999 (LOE) se establece que el Promotor deberá responder durante tres años, de los daños materiales causados en el edificio por vicios o defectos de los elementos constructivos o de las instalaciones que ocasionen el incumplimiento de los requisitos de habitabilidad. Esto es lo que se conoce como garantías trienales y que se pueden clasificar en las siguientes misiones de control técnico:
El objetivo es el control del proyecto y de la ejecución de las unidades de obra que minimizan el riesgo de los vicios o defectos en la impermeabilización. La labor de control se complementa con unas pruebas de estanqueidad que serán realizadas previo al acta de recepción de las obras. Si el control es satisfactorio se puede contratar una póliza de seguro trienal para la estanqueidad.
El objetivo es el control de proyecto y de la ejecución de las unidades de obra que componen las instalaciones de electricidad, fontanería, gas, calefacción, aire acondicionado, de recogida y evacuación de residuos, que proporcionan calidad del aire interior, de suministro de agua, de evacuación de aguas, audiovisuales, comunicaciones, seguridad, ascensores y montacargas y cualquier otra maquinaria mecánica o electrónica necesaria para el uso propio del edificio o para dar servicio al mismo, incluyéndose los aparatos o máquinas que intervienen en su composición, así como sus conductos y canalizaciones necesarias, que sean propios del edificio. La labor de control se complementa con unas pruebas de instalaciones que serán realizadas previo al acta de recepción de las obras. Si el control es satisfactorio se puede contratar una póliza de seguro trienal de instalaciones.
El objetivo es el control de proyecto y de la ejecución de la obra no comprendida en la obra fundamental asegurada por la póliza decenal, ni en las pólizas trienales de estanqueidad e instalaciones, con el objetivo de minimizar el riesgo de vicios o defectos en estas unidades de obra, excluyendo los defectos de acabado, para los cuales la responsabilidad del promotor es sólo durante un año posterior a la entrega del inmueble.
En OCT Controlia creemos que la colaboración con el constructor y la dirección facultativa son fundamentales para conseguir los niveles de calidad que actualmente requiere el mercado inmobiliario.
Recientemente se pueden contratar pólizas de seguros para la garantía de las coberturas trienales de habitabilidad. Los requisitos básicos de Habitabilidad definidos por el Código Técnico son: