Cuando es obligatorio el seguro decenal de daños.

El seguro decenal de daños, ¿Cuándo es obligatorio?

El seguro Decenal de Daños es obligatorio para aquellas edificaciones cuyo uso principal sea el de vivienda, según la Disposición Adicional Segunda de la Ley 38/1999 de Ordenación de la Edificación (L.O.E.), con la excepción de la autopromoción de una única vivienda unifamiliar para uso propio, pero en el caso de venta de esta vivienda, en el plazo de 10 años desde su finalización, el autopromotor sí estará obligado a la contratación de dicha garantía, por lo que siempre es recomendable contratar el seguro decenal de la edificación.

Seguro decenal autopromotor

Para la suscripción de un seguro Decenal, se exige la contratación por parte del promotor de un Organismo de Control Técnico (OCT) independiente y reconocido. La principal misión del OCT consiste, fundamentalmente, en hacer una revisión de proyecto y un control a lo largo de la ejecución de la obra. Su actividad es también de mucha utilidad para el promotor, ya que es un elemento de prevención y redunda en una mayor calidad constructiva. Dicho de otra manera, los OCT son empresas especializadas en el campo de la edificación que el promotor contrata para que la compañía de seguros correspondiente pueda emitir la póliza del seguro decenal. De hecho, la gran mayoría de las compañías solo admiten riesgos si la obra la ha supervisado una OCT.

Este OCT debe comenzar su intervención antes del inicio de la obra, en fase de proyecto, y también es recomendable que el seguro se contrate antes del inicio de la obra, aunque el periodo de cobertura no se inicie hasta la fecha de recepción de la misma.

El Seguro Decenal de Daños cubre durante diez años (y de ahí su nombre, decenal) los daños materiales en el edificio causados por vicios o defectos que afecten a la cimentación o a la construcción, daños en los elementos estructurales que puedan comprometer la resistencia mecánica, la estabilidad del edificio y su habitabilidad. Son siniestros poco frecuentes pero cuya reparación resulta muy costas y a veces inviable, de ahí que el trabajo de la OCT sea tan relevante.

Los requisitos más importantes que debe cumplir el Organismo de Control Técnico (OCT):

1º La empresa de OCT debe ser externa y totalmente independiente del resto de personas o empresas que intervienen en el proceso de construcción: Promotor, constructor, dirección facultativa, laboratorio de control o laboratorio de geotecnia, etc. y del aseguramiento.

2º Debe de tener capacidad técnica y experiencia para desempeñar el trabajo que está realizando.

3º El OCT debe de estar habilitado por la compañía aseguradora con las que se pretenda hacer el Seguro Decenal.

La función del Organismo de Control Técnico (OCT):

La función del OCT es triple, ya que tanto la compañía aseguradora, promotor y comprador final se benefician de su trabajo:

1º Para la COMPAÑÍA ASEGURADORA verifica que el riesgo entra dentro de los límites normales asumibles por el Seguro Decenal.

2º Para el PROMOTOR es una garantía de calidad, ya que no deja nada en manos del azar. Y anima al resto de intervinientes en la obra a aumentar sus propios controles y a producir servicios de mayor calidad

3º Al COMPRADOR FINAL ofrece la tranquilidad de que la obra se efectúa con los niveles de calidad esperados.